viernes, 31 de marzo de 2017

Bienes Patrimoniales

BIENES PATRIMONIALES

Son aquellos que pertenecen a una persona o entidad, y que en caso de las entidades públicas están adscritas a ellas, y que por lo tanto deben ser inventariados, registrados y valorados pecuniariamente.

En nuestro derecho  la determinación del dominio privado sigue 2 sistemas:

CONSTITUCIÓN (Art 257) 
CÓDIGO CIVIL (Art 330, 332 y 334)



CARACTERISTICAS DE LOS  BIENES PATRIMONIALES:
  • No son de uso o provecho general: NO son de uso o provecho general, pues su destino está definido en las leyes que los rigen, de tal manera que cualquier persona aprovecharse de ellos sino mediante el pagó correspondiente.
  • Se rigen por leyes especiales: La administración de las distintas clases de bienes patrimoniales, bienes, muebles, inmuebles y derechos de explotación y uso, se rigen por leyes o reglamento especiales , por lo que cada entidad a la cual se encuentren adscritos bebe cumplir con las responsabilidades especificas, según los casos.
  • Pueden ser vendidos o arrendados en actos públicos: Salvo reglamentaciones especiales, los bienes patrimoniales pueden ser vendidas o arrendados atendiendo las normas de la contratación pública En esos casos se debe aplicar las disposiciones contenidas en los artículos 30 y 50 de la Ley 22 de 2006. La Contraloría General de la República  debe fiscalizar y vigilar porque todo los procesos se lleven acabo con la debidas corrección.

jueves, 23 de marzo de 2017

MINISTERIO DE AMBIENTE

MINISTERIO DE AMBIENTE

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ANTESCENTES:

La Autoridad Nacional del Ambiente de Panamá (ANAM) era una entidad autónoma del Estado panameño encargada de atender los recursos naturales y el ambiente. La ANAM fue creada en 1998, a través de la Ley No. 41 del 1 de julio de ese año, con la que también se creó la ley General del Ambiente de la República de Panamá. Su función principal es asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes, los reglamentos y las políticas nacionales en materia de ambiente.

Ley 8 del 25 de marzo de 2015

Se creó el Ministerio de Ambiente y se modificaron disposiciones de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá.

La Ley establece que el Ministerio de Ambiente es una entidad rectora del Estado en materia de protección, conservación, preservación y restauración del ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la Política Nacional de Ambiente.


Panamá era uno de los pocos países latinoamericanos y caribeños que no contaba con un Ministerio del Ambiente.


VISIÓN
“Contribuimos al logro de un ambiente sano,  a través del desarrollo de una cultura de sostenibilidad”

MISIÓN
“Liderar la administración del ambiente, a través de procesos participativos, normativos y científicos, integrando objetivos sociales y económicos, con el fin de garantizar el desarrollo sostenible de Panamá.”

Organigrama: Por aprobación.
http://www.miambiente.gob.pa/index.php/es/classifieds/antecedentes

Cantidad de colaboradores 2203 a nivel nacional regidos por Carrera Administrativa.

Ministra: Mirei Endara hasta 31 de marzo de 2017.

               Emilio Sempris Resultado de imagen para mirei endara y emilio sempris








jueves, 16 de marzo de 2017

Carreras Públicas de Panamá



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CARRERA MIGRATORIA

DECRETO LEY 3 DE 22 DE FEBRERO DE 2008.

Se crea el sistema Nacional de migración, la carrera migratoria y otras disposiciones. Titulo X  artículos del 99 al 108. http://visaspanama.com/decreto-ley-3-de-2008.pdf.

    Capitulo 1 Creación y organización.

Capitulo 2 Principios básicos de actuación del personal del Servicio Nacional de Migración

    Capitulo 3 Derecho, obligaciones y prohibiciones

    Capitulo 4 Formación, Capacitación y especialización migratoria.


DECRETO EJECUTIVO 40 DE 16 DE MARZO DE 2009

Reglamenta el titulo X del decreto ley 3 de 22 de febrero de 2009.
https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/26243/16944.pdf

  • Para mejorar la estabilidad laboral y el profesionalismo de los servidores públicos del Servicio Nacional de Migración.
  • El propósito de la Carrera Migratoria es establecer un régimen laboral especial fundado en los criterios de igualdad, mérito, honestidad, transparencia, capacidad y eficiencia.
  • Se requiere reglamentar la Carrera Migratoria, con el objeto de establecer los requisitos y los procedimientos para los nombramientos, los ascensos, los traslados, las suspensiones y las destituciones, los cuales se desarrollarán mediante un sistema de administración de recursos humanos aplicable a los servidores públicos del Servicio Nacional de Migración.

    CARRERA PENITENCIARIA

    LEY 55 DEL 30  DE JULIO DE 2003

    Resultado de imagen de penitenciario Sección 2 Articulo del 32

    Se crea la carrera penitenciaria  bajo la organización del Ministerio de Gobierno y Justicia. con la finalidad de instituir un sistema de méritos y estabilidad que asegure una adecuada administración de los recursos humanos adscritos al sistema Penitenciario.


    CARRERA DE TRABAJADOR SOCIAL

    LEY 16 DEL 12 DE FEBRERO DE 2009

    Los objetivos de esta Ley son:
    1. Actualizar el Escalafón y el Sistema de Méritos para los Trabajadores y Trabajadoras Sociales.
    2. Establecer las nomenclaturas de cargos, normas, ascensos y reconocimientos por el desempeño profesional.
    3. Servir de instrumento para que las dependencias y los  organismos a los que se refiere esta Ley dispongan  de  condiciones de trabajo decentes, sanas y seguras, que permitan a los Trabajadores y Trabajadoras Sociales un desempeño profesional eficiente y eficaz.

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    CARRERA DE SUPERVISOR DE SEGUROS

    LEY 12 DEL 3 DE ABRIL DE 2012


    Artículo 22.   Se crea la Carrera del Supervisor de Seguros, que se desarrollará mediante un sistema de administración de recursos humanos para estructurar, sobre la base del mérito y la eficiencia, las normas, los procedimientos y el plan de compensación aplicables a los servidores públicos al servicio de la Superintendencia.

    Artículo 23.
      Objetivos primordiales de la Carrera: 
    1. Garantizar que la administración de los recursos humanos de la Superintendencia se fundamente estrictamente en el desempeño eficaz y eficiente del funcionario, en su desarrollo profesional integral y en la remuneración adecuada a las necesidades y realidad financiera de la Superintendencia.
    2. Garantizar el trato justo de los funcionarios, sin discriminación alguna por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas. 
    3. Garantizar la igualdad de las oportunidades de promoción. 
    4. Lograr el incremento de la eficiencia de los funcionarios y de la Superintendencia.
    5. Garantizar dentro del servicio de la Superintendencia un ambiente de trabajo exento de presiones y temores políticos. 
    6. Promover la diversidad y la fluidez de ideas que permitan contar con funcionarios dignos, con conciencia de su papel al servicio de la sociedad y garanticen la adecuada competitividad de la Superintendencia.
    7. Promover el ingreso y la retención de funcionarios que se distingan por su idoneidad, competencia, lealtad e integridad, cualidades necesarias para ocupar cargos dentro de la Superintendencia.
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    martes, 14 de marzo de 2017

    Derecho administrativo


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    Derecho Administrativo

    Concepto:

    Es la rama del derecho que se encarga de la regulación de la administración pública. Se trata, por lo tanto, del ordenamiento jurídico respecto a su organización, sus servicios y sus relaciones con los ciudadanos.

    Objetivo:

    Derecho administrativo es la rama del derecho publico que regula
    1. - La organización de la empresa de la administración publica y de las diversas personas administrativas en las cuales ha encarnado. 
    2. - Los poderes y los derechos que poseen estas personas administrativas para manejar los servicios públicos
    3. - El ejercicio de estos poderes y derechos por la prerrogativa especial por el procedimiento de acción de oficio y las consecuencias contenciosas que se siguen.

    Evolución

    Aparece posterior a la revolución francesa aun cuando existen antecedentes desde la monarquía
    EPOCA DE LA MONARQUIA
    Puede decirse que el derecho público existe desde los orígenes de la civilización, ya que por muy simples que fueran los sistemas políticos siempre han necesitado de un marco normativo que rijan las relaciones entre el poder y los súbditos.

    EPOCA DE LA REVOLUCION FRANCESA
    Fue una revolución política social y económica donde se construyó el estado de derecho y liberalismo también significa el fin de estado absoluto.
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    EVOLUCION DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

    Hoy en día es el conjunto de reglas y principios especiales y obligatorios para regular la actividad de la administración del Estado y diferentes países han adoptado esa filosofía, consolidando su Derecho Administrativo con rasgos propios, de acuerdo a sus necesidades y conveniencias, con mayor o menor influencia o autonomía, según el caso, respecto del referente histórico francés y de la evolución en ese mismo país.